El jefe de la oficina de la política exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Popular Democrática de Corea hizo pública el día primero una declaración intulada «Nuestros esfuerzos por la defensa de la dignidad e intereses estatales no se verán particularizados en la visión parcial y censura maliciosa de otros«.
Su texto completo es el que sigue:
Hace poco, el «grupo de monitorio de sanciones multilaterales«, aparato de sanción anti-RPDC bajo mando de EE.UU., cometió una provocación política de fabricar y publicar un «informe» que denigra las relaciones de cooperación RPDC-Rusia.
Los actos hostiles de este colectivo fantasmal de carácter ilegal tanto en la razón de su existencia como a la luz de su objetivo devienen una violación flagrante de los principios de leyes internacionales con el respeto a la soberanía y la no intervención en asuntos internos como su núcleo, y una burla a la sociedad internacional.
Expresamos una seria preocupación sobre los actos provocativos del Occidente que trata de infringir los derechos soberanos de la RPDC con su pauta política y jurídica de carácter unilateral y arbitrario y advertimos sobre las consecuencias negativas que se emanen de su imprudencia.
Nadie les ha dado a EE.UU. y los países acólitos la misión y autoridad de evaluar y criticar a su capricho los vínculos legítimos de los Estados soberanos, he aquí el motivo principal de que deben ser cuestionados y rechazados la existencia y actividades de ese «grupo«.
Dicho «grupo«, inventado a su voluntad por 11 países que hostilizan la RPDC y la Federación Rusa, es de punta a cabo un aparato político que funciona según los intereses geopolíticas del Occidente y no tiene la calificación de investigar el ejercicio de los derechos soberanos de otros países.
La cooperación militar Corea-Rusia tiene como objetivo preservar la soberanía e integridad territorial del Estado y sus intereses de seguridad y garantizar la paz y estabilidad de la región eurasiática. Y constituye el ejercicio de los derechos soberanos legítimos que corresponden al artículo 51 de la Carta de la ONU que señala que «cada Estado tiene el derecho a la autodefensa individual o colectiva» y al artículo 4 del Tratado sobre la Asociación Estratégica Integral entre la RPDC y la FR que estipula el ofrecimiento de la ayuda militar y otros en el caso de la invasión armada que sufra la contraparte.
Merece poner en claro esta vez que la colaboración militar entre los países miembros de ese «grupo» no se hace objeto de pesquisa internacional porque ella reviste el carácter «justo«, «defensivo» y «pacífico«.
Los lazos Corea-Rusia son una evidencia de las relaciones interestatales que van estableciendo un orden internacional multipolar basado en el respeto a soberanía, igualdad y justicia dando punto final a la época en que un puñado de los países se portan arbitrariamente organizando a su antojo el colectivo político-militar de carácter ilegal y conflictivo. He aquí la legitimidad y justeza de esos nexos aspirantes al nuevo desarrollo.
La RPDC tiene el derecho a tomar las contramedidas fuertes a fin de preservar sus intereses desde los brutales actos violadores de soberanía de los países miembros del «grupo» y su intervención en asuntos internos.
Las ardides ilegítimas de las fuerzas hostiles no ejercerán en nada a las relaciones de colaboración de los países soberanos e independientes y nuestros esfuerzos por la defensa de la dignidad e intereses estatales no se verán particularizados en la visión parcial y censura maliciosa de otros.